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La Dirección General Técnica de la institución recuerda a funcionarios técnicos de las Oficinas Regionales, y a su vez, a los usuarios, los lineamientos para la ejecución de actividades de fiscalización en zonas de influencia.
El objetivo es que tanto técnicos de campo como los usuarios conozcan los pasos que se deben llevar adelante para realización de fiscalizaciones, a fin de trabajar con transparencia, con respaldo documental, con miras a brindar tranquilidad y confianza.
Entre los requisitos necesarios para la ejecución de actividades, se aclara que las oficinas regionales deben contar con una Orden de Trabajo Aprobada (OTA).
Igualmente, los técnicos deberán contar con su carnet de identificación institucional, así como el uniforme (chaleco, remera o camisa) y movilizarse en vehículos del SENAVE.
Asimismo, para la realización de los procedimientos de fiscalización, el funcionario deberá contar con la autorización para el ingreso a la propiedad privada, y deberán entregar una copia de la Orden de Trabajo Aprobada a los propietarios o responsables de la propiedad.
La institución aclara que los requisitos establecidos se encuentran en la Resolución N°185/2023, a fin de asegurar la correcta ejecución de las actividades y la protección de los derechos de los propietarios y responsables de establecimientos.