departamento de recaudaciones

Objetivo
Monitorear y evaluar la gestión administrativa en la percepción de ingresos por diversos conceptos, en el marco de las disposiciones legales vigentes, normas y procedimientos internos del SENAVE.

Funciones
a. Planificar y organizar en coordinación con la Dirección de Finanzas, las actividades de su área de trabajo.

b. Preparar “Partes diarios de Ingresos” de las recaudaciones de fondos en diversos conceptos.

c. Remitir al Dpto. de Contabilidad, los expedientes mencionados en el numeral precedente.

d. Entregar comprobantes de ingresos o recibos de dinero a las dependencias que realizan las percepciones en las Oficinas perceptoras.

e. Preparar las Rendiciones de los comprobantes de Ingresos y remitir al Ministerio de Hacienda, en forma oportuna.

f. Emitir informe y listados de transacciones por rubros y cuentas, para su remisión al Ministerio de Hacienda, a través de los conductos jerárquicos correspondientes.

g. Solicitar a la Dirección de Finanzas, a través de los conductos jerárquicos correspondientes, autorización para la impresión de recibos o facturas de ingresos.

h. Mantener en existencia, formularios, recibos de ingresos u otros formularios a utilizarse en la percepción de las tasas y otros ingresos.

i. Registrar y procesar todas las informaciones de las operaciones de las recaudaciones en el sistema informático.

j. Manejar, controlar y custodiar los fondos y valores (dinero en efectivo, cheques, notas de crédito y debito y otros valores) provenientes de las recaudaciones diversas, hasta que se depositen en los Bancos autorizados.

k. Remitir en forma mensual informe de las recaudaciones al Ministerio de Hacienda.

l. Gestionar registros de firmas de los responsables de las Cuentas Bancarias a ser habilitadas.

m. Mantener actualizado el saldo de la Deuda Pública Interna del SENAVE.

n. Mantener actualizado el movimiento de las Cuentas Bancarias del SENAVE, a ser habilitadas en diferentes Bancos del País.

o. Verificar las documentaciones provenientes de las oficinas perceptoras.

p. Realizar depósitos de las recaudaciones recibidas en bancos autorizados en un plazo no mayor a veinticuatro horas.

q. Ejecutar otras funciones o actividades inherentes al área de Recaudaciones, no especificada precedentemente.


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