Objetivo
Contribuir al desarrollo y competitividad del sector semillerista del país, a través de la certificación de la producción de semillas y la protección de los derechos de los creadores de nuevas variedades vegetales.
b. Cumplir y hacer cumplir las normas relativas a la propiedad intelectual de nuevas variedades vegetales, conforme a la legislación nacional y a los compromisos internacionales en la materia.
c. Autorizar las variedades que puedan ser producidas y/o comercializadas en todo el territorio nacional.
d. Establecer los procedimientos para los Registros Nacionales de: Cultivares Protegidos, Cultivares Comerciales, Evaluadores de Variedades, Productores de Semillas, Comerciantes de Semillas y vigilar su cumplimiento.
e. Supervisar y vigilar el Registro Nacional de Fiscalizadores de la Producción de Semillas.
f. Autorizar las inscripciones de los productos, servicios o empresas relacionadas a semillas en los Registros del Servicio.
g. Establecer lineamientos para el desarrollo de actividades de producción y comercio de semillas, por parte de personas físicas y/o jurídicas de derecho público o privado.
h. Programar y controlar la producción de semillas a los efectos de asegurar su disponibilidad.
i. Supervisar, en todas sus etapas, el proceso de producción de semillas.
j. Investigar y elevar informe a la Dirección General Técnica, sobre la comisión de infracciones a las normas vigentes para la producción y comercio de semillas.
k. Autorizar la importación de semillas.
l. Proponer, normas transitorias de aceptación y utilización de semillas.
m. Proponer a la Dirección General Técnica el otorgamiento de Títulos de Obtentores y su extinción o nulidad en los casos previstos en la Ley.
n. Emitir los certificados de Productores, Comerciantes y Evaluadores de Variedades, a quienes cumplan con las normativas vigentes para cada caso.
o. Participar en Comités y Grupos de Trabajo nacionales o internacionales relacionados a semillas, por designación de la Máxima Autoridad del SENAVE.
p. Reportar a la Dirección General Técnica las infracciones para su correspondiente procesamiento y sanción conforme a las Leyes y demás normas cuyas aplicaciones sean competencia del SENAVE.
q. Orientar al sector público y privado en materias de competencia de esta Dirección.
r. Elaborar en coordinación con la Secretaría de Planificación, los planes operativos anuales de trabajo y el presupuesto a ser implementado anualmente.
s. Proponer a la Dirección General Técnica, planes operativos anuales, proyectos de acuerdos o convenios bilaterales o multilaterales del área temática de esta Dirección.
t. Emitir dictamen sobre programas de trabajo, proyectos de acuerdos o convenios bilaterales o multilaterales del área temática de esta Dirección, propuestos por otros países, bloques de países u organizaciones internacionales.
u. Mantener relaciones de intercambio técnico con organizaciones o instituciones nacionales y/o internacionales relevantes en el ámbito de competencia de esta Dirección.
v. Calificar las solicitudes de acreditación de personas físicas o jurídicas, para la prestación de servicios a cargo de esta Dirección.
w. Informar semestralmente a la Dirección General Técnica, sobre el avance y logros de la ejecución del Plan de Trabajo.
x. Proponer a la Dirección General Técnica, las necesidades de capacitación de su personal y realizar la selección de candidatos a ser capacitados.
y. Proponer a la Dirección General Técnica, los conceptos y montos a percibir por los servicios prestados por esta Dirección.
z. Proponer a la Dirección General Técnica, todas aquellas iniciativas que permitan el correcto funcionamiento de esta Dirección para el cumplimiento de los objetivos institucionales.
Objetivo
Asegurar, que las semillas producidas y comercializadas en el país cumplan con los requisitos establecidos en las Leyes y Reglamentos de Semillas.
Funciones
a. Identificar las necesidades nacionales de semillas y proponer proyectos y programas para promover e incentivar su producción.
b. Establecer los procedimientos del Registro Nacional de Productores de Semillas y vigilar su debido cumplimiento.
c. Autorizar la inscripción de personas físicas o jurídicas de derecho público o privado en el Registro Nacional de Productores de Semillas (RNPS).
d. Analizar y resolver sobre los planes de producción de semillas presentados por las empresas interesadas y programar el control de los mismos.
e. Supervisar a las empresas semilleras en el correcto cumplimiento de las normas de producción de semillas.
f. Habilitar a personas físicas o jurídicas de derecho público o privado para la fiscalización de la producción de semillas y ordenar la incorporación de los mismos en el Registro Nacional de Fiscalizadores de Semillas.
g. Supervisar a personas físicas o jurídicas de derecho público o privado que realicen fiscalización de la producción de semillas.
h. Certificar, con el apoyo del laboratorio correspondiente, la calidad de las semillas de producción nacional que aprobaron los requisitos, autorizando la emisión de etiquetas de homologación para los envases de semillas.
i. Elaborar y proponer a la Dirección los planes operativos anuales de trabajo y los presupuestos anuales a ser implementados.
j. Proponer a la Dirección, las normas y estándares que deberán aplicarse a la producción de semillas en el país, principalmente.
k. Proponer a la Dirección, los montos y conceptos que deberán ser percibidos por prestación de servicios.
l. Intervenir en los procesos de capacitación del personal en el área de Producción de Semillas.
m. Promover y difundir las disposiciones, regulaciones y /o normativas en materia de producción de semillas.
n. Actualizar, controlar y dar seguimiento al archivo de la documentación oficial en lo relativo a producción de semillas.
o. Realizar otras actividades necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Objetivo
Salvaguardar el derecho de los creadores de variedades vegetales y autorizar el uso de las mismas en todo el territorio nacional.
Funciones
a. Supervisar los Registros Nacionales de Cultivares Protegidos Comerciales y de Evaluadores de Variedades.
b. Expedir Dictamen Técnico sobre las solicitudes de personas físicas o jurídicas de derecho público o privado que deseen registrarse en los registros indicados en el inciso a).
c. Conformar y presidir los Comités Técnicos Calificadores de Cultivares que dictaminará sobre las solicitudes de inscripción en los Registros Nacionales de Cultivares Protegidos y Cultivares Comerciales.
d. Habilitar la realización de ensayos de verificación y/o de valor de cultivo y uso, VCU con fines de inscripción en el RNCC.
e. Emitir dictámenes sobre solicitudes de habilitación de personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado, para realizar ensayos de variedades a los fines de inscripción en los Registros Nacionales.
f. Fiscalizar a personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado, debidamente habilitadas por la DISE, que realizan ensayos de variedades a fin de inscribir en el RNCC.
g. Salvaguardar los derechos de los obtentores de variedades vegetales.
h. Elaborar y proponer a la Dirección de Semillas el Plan Operativo Anual (POA) y presupuesto operativo del Departamento.
i. Informar a la Dirección sobre la ejecución de los trabajos y las acciones previstas en el Plan Operativo Anual.
j. Mantener relaciones de intercambio técnico con otras instituciones nacionales o internacionales relacionadas al ámbito de competencia de este Departamento.
k. Proponer a la Dirección las normas a ser aplicadas en el ámbito de competencia del Departamento.
l. Informar a la Dirección sobre las transgresiones al derecho del obtentor para su investigación y sanción.
m. Mantener un sistema automatizado sobre el estado legal de las variedades y sus características.
n. Mantener un banco de datos actualizado sobre el estado legal de las variedades y sus características.
o. Proponer a la Dirección los conceptos y montos a percibir por prestación de servicios.
p. Realizar otras actividades necesarias para el cumplimiento de sus fines.
q. Promover y difundir las disposiciones, regulaciones y/o normativas en materia de protección y uso de variedades.
r. Intervenir en los procesos de capacitación del personal en el área de Protección y Uso.
Funciones
a. Establecer los procedimientos para el Registro Nacional de Comerciantes de Semillas y vigilar el debido cumplimiento.
b. Expedir Dictamen Técnico sobre las solicitudes de personas físicas o jurídicas de derecho público o privado que deseen inscribirse como comerciantes de semillas.
c. Autorizar la inscripción en el Registro Nacional de Comerciantes de Semillas (RNCS) a todas las personas físicas o jurídicas de derecho público o privado que cumplan con los requisitos exigidos para el mismo.
d. Dictaminar, con el apoyo del correspondiente laboratorio, sobre la calidad de semillas importadas como requisito previo para autorizar su ingreso.
e. Expedir la etiqueta o rótulo a las semillas de orígenes nacionales o importados, que cumplan los requisitos exigidos para su comercialización en el país.
f. Supervisar los procesos de inspección y fiscalización del comercio de semillas.
g. Procesar las solicitudes de importación de semillas y emitir, el Dictamen correspondiente para la Autorización de Importación.
h. Proponer a la Dirección, las normas y estándares que deberán aplicarse a la comercialización de semillas en el país, así como vigilar el cumplimiento de los mismos.
i. Promover y difundir las disposiciones, regulaciones y /o normativas en materia de comercio de semillas.
j. Intervenir en los procesos de capacitación del personal en el área de Producción de Semillas.
k. Promover y difundir las disposiciones, regulaciones y /o normativas en materia de producción de semillas.
l. Actualizar, controlar y dar seguimiento al archivo de la documentación oficial en lo relativo a producción de semillas.
m. Realizar otras actividades necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
La DIRECCION DE SEMILLAS del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas SENAVE,
COMO ORGANISMO NORMADOR DEL COMPONENTE SEMILLERO del Paraguay
Antecedentes:
El Decreto Nº 23.128/1971 crea el Servicio Nacional de Semillas (SENASE) como una dependencia técnica del Ministerio de Agricultura y Ganadería, a nivel de departamento, dependiente de la Dirección de Investigación y Extensión Agropecuaria y Forestal. El SENASE tiene a su cargo la promoción de la producción y/o control del procesamiento y comercio de semillas en el país. Lo integran las divisiones del control técnico, procesamiento, análisis y promoción. Expresa que es función del MAG el fomento de la producción y el control del comercio de semillas destinadas a la siembra, a tales efectos establece crear una Comisión de Asesoramiento del Programa Nacional de Semillas, establecer esquema de certificación de semillas.
En el año 1972 por el Decreto del P.E Nº 24.251 se reglamenta los aspectos de la producción, certificación, comercio y control de semillas como instrumento necesario para el desarrollo agrícola del país.
En el año 1991 se promulga la Ley Nº 123 “Que adoptan nuevas medidas de protección Fitosanitaria” que establece el control fitosanitario en el ingreso y egreso de plantas y productos vegetales.
En el año 1991 se promulga la Ley Nº 385 “De Semillas y Protección de Cultivares” con su Decreto Reglamentario Nº 7797/00 con las cuales crea el marco jurídico favorable para promover una eficiente actividad de obtención de cultivares, la producción, circulación, comercio y el control de la semilla.
Los marcos legales vigentes
Con la Ley Nº 2459/04, que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas SENAVE, indicando en su Art. 7 que es la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 385/94 “De Semillas y Protección de Cultivares” siendo este el instrumento legal que regula la actividad semillera en todo el territorio nacional y tiene por objeto “promover una eficiente actividad de obtención de cultivares, producción, circulación, comercialización y control de la calidad de semillas; asegurar a los agricultores y usuarios en general la identidad y la calidad de la semilla que adquieren y proteger el derecho de los creadores de los nuevos cultivares, en armonía con los acuerdos intrarregionales firmados o a firmarse y con las normas internacionales en materia de semillas”.
Institucionalmente La Dirección de Semillas es el organismo que establece el régimen de introducción, evaluación y uso de nuevos cultivares, y el sistema de protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales, el sistema de producción de semillas certificadas y fiscalizadas, las condiciones para el productor y comerciante de semillas, define las normas técnicas a ser aplicada para cada rubro de producción con padrones de calidad en observancia con los estándares regionales.
El Decreto reglamentario de la P.E Nº 7797/2000, reglamenta diversos aspectos de la presente ley, otro instrumento legal es la Resolución SENAVE Nº 180/10 “Que aprueban las Normas generales y especificas para la producción y comercialización de semillas Certificadas y/o Fiscalizadas” la misma contiene las normas especificas para 33 especies vegetales, la Resolución MAG Nº 241/99 “Que aprueba las Normas de producción de Plantas de vivero (Mudas) fiscalizadas para mudas de cítricos y caña de azúcar.
Resolución SENAVE Nº 30/2010 “Por la cual se establecen las Normas mínimas para ensayos de evaluación agronómica y de calidad de variedades con fines de inscripción en el Registro Nacional de Cultivares Comerciales (RNCC), se aprueban sus respectivos formularios de descripción varietal, evaluación agronómica y de calidad y se deroga la resolución MAG 290/21/10/03”
Resolución MAG Nº 293/2003 “Por la cual se establece el procedimiento de vinculación con el Ministerio de Agricultura y Ganadería de las personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado que realicen ensayos de evaluación agronómica y de calidad con fines de inscripción en el Registro Nacional de Cultivares Comerciales.
Con la ley Nº 385/94 quedan protegidas las variedades y líneas de las siguientes especies: algodón, soja, arroz, canola, girasol, maíz, sorgo y trigo, esta lista fue ampliada mediante la Resolución MAG Nº 470/99 incluyendo las especies de caña de azúcar, habilla, melón, tomate y las especies forrajeras Digitaria, Desmanthus virgathus y Alysicarpus vaginalis y la Resolución MAG Nº 440/01 donde esta lista se amplía para inscribir en el Registro Nacional de Protección de Cultivares y en el Registro Nacional Cultivares Comerciales a todas las especies y géneros botánicos.
Resolución SENAVE Nº 703/2009 referente a las nuevas etiquetas de homologación de semillas.
CONVENIOS Y RESOLUCIONES A NIVEL INTERNACIONAL:
La Ley Nº 988/96 se adhiere a la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) el Paraguay con el convenio se incorpora al conjunto de países que reconocen el derecho de los obtentores del sistema UPOV conforme al Acta del año 1.978.
Varias Resoluciones del ámbito regional se incorporan a las normativas como herramientas jurídicas y son:
RESOLUCIONES GMC |
RECONOCIDO EN PARAGUAY POR |
|
Nº 61/94 |
Armonización de periodo de prueba a campo de cultivares |
Decreto P.E Nº 892/98 |
Nº 47/96 |
Registro de Cultivares |
|
Nº 16/98 |
Boletín Mercosur de análisis |
|
Nº 69/98 |
Modificación de la Resolución GMC Nº 60/97 |
Decreto P.E Nº 5090/99 |
Nº 70/98 |
Estándar MERCOSUR de Terminología de Semillas |
|
CMC/DEC Nº 1/99 |
Acuerdo de Cooperación y Facilitación sobre la Protección de Variedades en Mercosur |
Decreto P.E Nº 10846/00 |
Nº 99/00 |
Fe de erratas de la Resolución GMC Nº 60/97 |
|
Nº 71/99 |
Fe de erratas del Estándar MERCOSUR de Terminología de Semillas. |
|
Nº 77/00 |
Equivalencias de denominaciones de clases y/o categorías de semillas botánicas |
Resolución MAG Nº 267/02 |
Nº 47/02 |
Requisitos para la certificación no Definitiva de lotes de Semillas Botánicas de la clase / categoría Certificada |
Resolución MAG Nº 318/04 |
Nº 53/02 |
Proceso de acreditación para la certificación de semillas y certificación de semillas botánicas en la región. |
|
Nº 27/03 |
Criterios para la evaluación y reconocimiento de sistemas de producción de materiales de propagación. |
|
Nº 28/03 |
Niveles de tolerancia a campo y laboratorios armonizados para las diferentes categorías en la certificación de semillas botánicas de once especies. |
|
SITUACIÓN ACTUAL
Con La Resolución SENAVE Nº 302/09 la estructura organizacional de la Dirección de Semillas queda conformada el Departamento de Protección y Uso de Variedades, Departamento de Certificación de Semillas y el Departamento de Comercio de Semillas.
Se encuentras habilitados los siguientes registros:
Registro Nacional de Cultivares Protegidos RNCP: realiza la inscripción de los cultivares conforme a los lineamientos y criterios establecidos en los convenios de la UPOV. El cultivar candidato a la inscripción deberá reunir las características de Distinguibilidad, Homogeneidad, Estabilidad y Novedad; y la denominación deberá ser conforme a los criterios de la UPOV.
Actualmente se encuentra inscripta en total 261 cultivares en el RNCP, de los cuales 57 son de origen nacional y 204 son de origen extranjero.
Actualmente se tiene 26 obtentores de cultivares que ejercen sus derechos sobre las siguientes especies: Algodón, Forrajeras, Stevia, Mandarina, Soja, Tomate, Trigo, Sésamo y Eucaliptus.
Registro Nacional de Cultivares Comerciales RNCC: los cultivares para ser utilizados con fines comerciales deberán ser inscripto en este registro con las características de Distinguibilidad, Homogeneidad y Estabilidad y deberá haber pasado por pruebas de evaluación agronómica y de calidad por lo menos por dos años en la red nacional de ensayos.
Actualmente se encuentra inscripta en total 472 cultivares en el RNCC habilitados para su uso comercial, de los cuales 45 cultivares son de origen nacional y 427 son de origen extranjero.
Registro Nacional de Evaluadores de Variedades RNEV: donde se inscriben las personas físicas o jurídicas de derecho público o privado para realizar evaluaciones de variedades con fines de inscripción en el Registro Nacional de Cultivares Comerciales, con el aval de un responsable técnico quien asume el compromiso de conducir y evaluar los ensayos de evaluación agronómica y de calidad, debiendo tener experiencia comprobada en mejoramiento genético o experiencia en el área para la realización de ensayos para tal efecto deberá presentar una constancia que acredita dicha especialización o experiencia.
Actualmente se encuentran inscriptos en total 32 evaluadores de variedades en el RNEV.
Registro Nacional de Productores de Semillas RNPS: donde se inscriben las empresas/agricultores, pequeños, medianos o de mayor escala para dedicarse a la producción de semillas, este registro es habilitado bajo la responsabilidad de un técnico Ingeniero Agrónomo o forestal que se encarga de cumplir lo establecidos en las normativas para la producción.
Actualmente se encuentra inscripta en total 227 empresas inscriptas en el RNPS, produciendo las siguientes especies: Algodón, Arroz, Abono verde (Avena, mucuna, crotalária, triticale, centeno, nabo forrajero, aceven y canabalia), Canola, especies forrajeras (Brachiaria brizantha, Brachiaria decumbens, Brachiaria Humidicola, Panicum, Urochloa, Penisetum glaucum, Cenchrus ciliaris), Habilla, Poroto, Jatropha, Maíz, Sésamo, Soja, Sorgo, Girasol, Trigo y Ka´a he ‘e. Con una superficie semillera total de 161.979 hectáreas, cuyo volumen de producción de semillas dará alrededor de las 100.000 toneladas de semillas certificadas y fiscalizadas. Todas las semillas proveniente de este proceso de producción controlado/certificada por la DISE son liberadas para el comercio con las etiquetadas de homologación de semillas lo cual permite identificar una bolsa de semilla que pasó por los controles oficiales diferenciando de este modo de una semilla de producción ilegal (pirata o bolsa blanca).
Registro Nacional de Comerciantes de Semillas RNCS: En este registro se inscriben las personas físicas o jurídicas de derecho público o privado que desean dedicarse a la comercialización de semillas, este registro también es habilitado bajo la responsabilidad de un técnico Ingeniero Agrónomo o Forestal que se encarga de dar cumplimiento de las normativas vigentes y de comercializar semillas legalmente producidas.
Actualmente se encuentra inscripta en total 438 empresas inscriptas en el RNCS.
